¿Qué opinión le merece la apuesta de ADDENDO en materia de mediación?
El proyecto llama la atención principalmente respecto de dos cuestiones. En primer lugar, ha diseñado un amplio mapeo de la conflictividad social actual lo que permite situar a las personas mediadoras en una posición ventajosa respecto de otros modelos formativos. En segundo lugar, la inclusión de la mediación como eje transversal del proyecto ADDENDO, se propone en directa conexión con un concepto novedoso de autoprotección de las personas y sus bienes.
¿Qué tipo de formación ha diseñado ADDENDO al respecto?
El proyecto formativo resulta serio y riguroso. A tal fin debe ponerse de relieve el tratamiento integral de la materia que realiza ADDENDO, focalizando los diversos campos de actuación donde los métodos alternativos de resolución de conflictos, y en particular la mediación, pueden desempeñar un rol fundamental en la composición de la conflictividad social.
¿Qué módulo destacaría respecto de la oferta formativa propuesta?
Lógicamente, el más completo y ambicioso resulta el programa de Mediación y resolución integral de conflictos, por reflejar en mayor medida el resto de las propuestas formativas. Ahora bien, es necesario destacar el sistema modular dinámico propuesto que converge en la posibilidad de diseñar un programa adaptado a las necesidades de los futuros o actuales profesionales de la mediación, pública y privada, incidiendo en aquellas temáticas que puedan, en un momento concreto, generar un interés más directo e inmediato.
¿Cómo valora la formación práctica que se vincula a cada curso formativo?
La cantidad y calidad de la formación práctica prevista en los diferentes cursos es excepcional. La firme apuesta por vincular los conocimientos teóricos impartidos mediante un sistema de simulación de procedimientos de mediación permitirá a los asistentes adquirir los conocimientos, instrumentos y herramientas necesarias para plantear futuros servicios de mediación, públicos o privados, con garantías de éxito.
¿Es posible sostener un modelo de resolución de conflictos previsto al margen de los Juzgados y Tribunales?
Los diferentes modelos de resolución de conflictos no deben ser entendidos como cajones estanco separados, pues la interconexión entre éstos es palmaria. En España se ha apostado, erróneamente, por afianzar un modelo de resolución de conflictos al margen del sistema de Administración de Justicia, a modo de mediación extrajudicial, entendiéndose por el contrario la mera remisión judicial a un procedimiento de mediación como su variante intrajudicial. La tendencia legislativa, sin embargo, indica que la interactuación entre el sector publico y el privado en la materia que nos ocupa debe potenciarse. Más aún teniendo en cuenta la previsible posibilidad de que se produzcan concretas escaladas de conflictos derivadas de la actual crisis socio sanitaria derivada de la pandemia COVID- 19.
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